El régimen condena a ocho tuneros a hasta ocho años de cárcel por propaganda, incluido un enfermo de cáncer. Diario de Cuba.
El régimen condena a ocho tuneros a hasta ocho años de cárcel por 'propaganda', incluido un enfermo de cáncer
Diario de Cuba
9 de septiembre de 2026
Diario de Cuba
9 de septiembre de 2026

'Cuando se haga firme la sentencia tengo que ir a prisión', dice Carlos Alberto McDonald Ennis a DIARIO DE CUBA antes de viajar desde Las Tunas hasta Holguín para recibir el tratamiento.
El régimen cubano impuso penas de hasta ocho años de cárcel a ocho disidentes tuneros por el supuesto delito de "propaganda contra el orden constitucional", tras mantenerlos en prisión durante más de dos años sin juicio. Entre los condenados se encuentra Carlos Alberto McDonald Ennis, quien la semana pasada comenzó a recibir por fin un tratamiento para el tumor maxilar cancerígeno que le fue detectado en agosto 2025, mientras estaba recluido en la penitenciaría de Las Tunas conocida como "El Típico".
Los ocho disidentes fueron arrestados entre marzo y abril de 2024. Transcurrió más de un año antes de que se presentara una acusación formal en su contra y otro hasta que se celebró la vista oral. McDonald Ennis fue excarcelado a inicios de junio pasado, pasado bajo una fianza de 50.000 pesos, que equivalía a casi 25 salarios mínimos mensuales en Cuba en ese momento (2.100 pesos).
El juicio se celebró el día 30 de ese mes, en "El Típico". Las autoridades justificaron esa decisión el desabastecimiento crónico de combustible que sufre Cuba, lo que imposibilitaba el traslado al tribunal. Organizaciones independientes denunciaron un amplio despliegue de agentes de la Seguridad del Estado y restricciones para el acceso de familiares y observadores, lo que constituyó una violación de una garantía que debe existir en todos los juicios: el principio de publicidad en los juicios.
La sentencia fue dictada el 1 de septiembre y fue impuesta por el Tribunal Provincial Popular de Las Tunas, integrado por los jueces Jorge Luis García Fajardo, como ponente, Gilberto Sevilla Castañeda y Esteban Marino Iser Milton, informó el grupo de asesoría jurídica Cubalex en su página de Facebook.
El documento sostiene que "los opositores se incorporaron a Cuba Primero y participaron en la grabación de videos y la publicación de contenidos en redes sociales vinculados a la organización, a la que el Tribunal califica como un grupo con 'fines terroristas' cuyo objetivo era 'desestabilizar el orden constitucional y derrocar el sistema político cubano'", explicó la organización defensora de derechos humanos, que tuvo acceso a la sentencia.
Aunque inicialmente la Fiscalía pedía sanciones de hasta nueve años de privación de libertad, la condena más alta fue de ocho y fue para Guillermo Carralero López.
Los otros acusados (Javier Reyes Peña, Maikel Hill Ramírez, Carlos Manuel Santiesteban Saavedra, Carlos Alberto McDonald Ennis, Enrique González Infante, Pedro Carlos Camacho Ochoa y Adisbel Mendoza Barroso) recibieron penas de siete años de cárcel. En el caso de McDonald Ennis la condena coincidió con la petición fiscal.
McDonald Ennis se enteró de su condena el martes, cuando regresó de Holguín, adonde tiene que trasladarse para recibir las sesiones de radioterapia, pues el tratamiento no está disponible en Las Tunas. Al llegar a la provincia, se dirigió al Tribunal, donde le informaron de la sentencia.
"Cuando se haga firme la sentencia, tengo que ir a prisión, si no hay recurso de casación", explica el opositor de 55 años a DIARIO DE CUBA antes de partir nuevamente a Holguín para recibir la quinta sesión.
"Yo voy a hacer la casación. Yo no puedo ir a prisión, estoy muy mal de salud", recalca. "Debería esperar la respuesta del recurso en la calle. El 22 de este mes se cumple el plazo para presentarlo, son diez días hábiles para la casación".
A inicios de agosto, la periodista Lucía Alfonso Mirabal afirmó en DIARIO DE CUBA que, si los jueces se limitaban a valorar los hechos y no las ideas políticas de McDonald Ennis, quien declara abiertamente su oposición al régimen, debían declararlo inocente.
La sentencia, que no parece contener ninguna atribución de actos terroristas a los acusados, según la información difundida por Cubalex, demuestra que los magistrados cubanos perdieron otra oportunidad de actuar con apego al derecho.
Alfonso Mirabal también apuntó en agosto que una eventual decisión de devolver a McDonald Ennis a la cárcel exigiría valorar "las consecuencias previsibles sobre su salud y determinar si el sistema penitenciario puede garantizar efectivamente la atención médica continuada que requiere".
"También obligaría a examinar los mecanismos que contempla el ordenamiento cubano frente a enfermedades graves, entre ellos, cuando concurran sus requisitos legales, la licencia extrapenal", añadió.





















